La intervención policial en varías clínicas catalanas, en las que presuntamente, se realizaban abortos en altas semanas de gestación, ha reabierto el debate sobre este tipo de actuaciones. La ley española permite abortar desde 1985 bajo estos supuestos:
-Que sea necesario para evitar un daño grave físico o psíquico a la embarazada, pudiendo abortar en cualquier momento de la gestación.
-Que se presuma que el feto nacerá con graves problemas físicos o psíquicos, pudiendo abortar en las primeras 22 semanas de gestación (5 meses).
-Que el embarazo sea producto de una violación, en cuyo caso se podrá abortar durante las 12 primeras semanas (3 meses).
Tratándose de un asunto tan delicado, e incluso filosófico, es difícil consensuar cuándo un cigoto se convierte en un humano. Persona o no, el embrión es un ser vivo y al menos debe equipararse, éticamente, a un animal. Teniendo en cuenta que los animales solo deberían sacrificarse por necesidad (por ejemplo nutritiva) considero que los tres supuestos son bastante razonables y que los aspectos que protegen están por encima de cualquier discusión ética; pero existen los vegetarianos, lo que me recuerda que se pueden tener diferentes creencias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario